Sistema de Recertificación Profesional Farmacéutica
La Misión de la Recertificación Profesional Farmacéutica de Costa Rica, es
contribuir a garantizar a la sociedad costarricense la idoneidad del farmacéutico
a lo largo de su vida profesional en los diferentes campos de su ejercicio.
Para lograr esta Misión el Sistema de Recertificación Profesional Farmacéutica se propone los siguientes objetivos:
Promover una cultura de excelencia en el ejercicio de la profesión de Farmacia
Establecer estándares mínimos para el ejercicio de la profesión de Farmacia
Promover el mejoramiento de la calidad de las actividades de educación continua de los profesionales en Farmacia.
Asegurar a la sociedad costarricense que el profesional farmacéutico cumple niveles óptimos de calidad en el ejercicio de su profesión.
A continuación describimos los procedimientos para las diversas actividades del Sistema de Recertificación Profesional Farmacéutica, así como descargar los formularios de inscripción.
Para participar en el Sistema de Recertificación es requisito indispensable ser miembro activo del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica. El farmacéutico interesado en inscribirse deberá llenar el formulario respectivo y enviarlo a la oficina de Recertificación (recertificacion@colfar.com) o llevarlo personalmente a dicha oficina.
Además deberá cancelar una cuota de ¢21 000, cuya vigencia es de tres años. Tiempo que toma cada período de recertificación.
El pago de dicha cuota puede realizarse en la Caja del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica, o bien puede depositarse en alguna de las siguientes cuentas bancarias:
Banco Nacional de Costa Rica (B.N.C.R): 168774-8
Banco de Costa Rica (B.C.R): 17055-0
Tanto el formulario de inscripción como el comprobante de
pago se deben enviar al
fax: 2235-0276, dirigido a la Oficina de Recertificación o al Departamento de Desarrollo Profesional. Se le sugiere confirmar telefónicamente si el fax fue recibido al tel: 2297-0676.
Inscripción de Entes Proveedores de Educación Continua
Los Entes Proveedores de Educación Farmacéutica Continua, son
personas físicas o jurídicas
(públicas o privadas) debidamente avaladas por la Comisión de Recertificación Profesional Farmacéutica.
Para inscribirse como Ente Proveedor, solamente es preciso llenar el Formulario de Acreditación y remitirlo a la Comisión de Recertificación Profesional Farmacéutica, a la dirección electrónica: recertificacion@colfar.com, o bien al fax: 2235-0276.
Una vez que la entidad recibe un número de aval de la Comisión de Recertificación, se da por concluida su inscripción como Ente Proveedor de Educación Farmacéutica Continua.
Para acreditar una actividad, el Ente Proveedor debe enviar a la Comisión de Recertificación el diseño curricular correspondiente, al menos un mes antes de su inicio. Este procedimiento no tiene ningún costo.
Para obtener mayor información sobre el tema comuníquese con la Oficina de Recertificación, o consulte el Reglamento de Recertificación Profesional Farmacéutica.
Formulario para la Acreditación de Entes Proveedores de Educación Farmacéutica Continua
Entre las actividades educativas que la Comisión de Recertificación Profesional Farmacéutica reconoce a los colegiados en el Sistema de Recertificación, caben mencionar:
Cursos, talleres, jornadas, foros, seminarios, mesas redondas, congresos o conferencias en las que se participe.
Pasantías (mínimo cinco días hábiles, siete horas diarias)
Exposición en actividades presenciales y tutoría en pasantías
Docencia universitaria en Farmacia y ciencias de la salud
Publicaciones:
libros
artículos en revistas
documentos (folletos, antologías, entre otros)
Las actividades a reconocer se deben presentar anualmente a la Comisión de Recertificación Profesional Farmacéutica. Para ello, es necesario llenar y enviar al Colegio el formulario correspondiente junto con los certificados originales obtenidos.
Una Especialidad Farmacéutica es aquella rama de la profesión cuyo objeto es una parte delimitada de ella, sobre la que el profesional farmacéutico posee conocimientos, habilidades y destrezas muy precisos.
Las especialidades farmacéuticas que se registran en el Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica pueden ser de dos tipos:
Se considera farmacéutico especialista al miembro activo del Colegio que reúna los requisitos establecidos en el Reglamento de Especialidades Farmacéuticos.
El listado de Especialidades Farmacéuticas vigente se encuentra en el citado Reglamento.
Procedimiento para el Registro de una Especialidad Farmacéutica Académica
Para solicitar la incorporación de una Especialidad Farmacéutica Académica en el Registro de Farmacéuticos Especialistas, es preciso entregar en el Colegio los siguientes requisitos:
1. Formulario de solicitud de inscripción de Especialidad Académica, debidamente lleno y firmado
2. Original y fotocopia del título de posgrado obtenido
3. Certificación de las notas obtenidas en los cursos que se llevaron durante el posgrado
4. Cuando los estudios de posgrado se hayan realizado en el extranjero el título deberá presentarse debidamente autenticado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
5. Fotografía tamaño carta
6. Una vez que los requisitos anteriormente mencionados sean analizados y avalados por la Comisión de Especialidades Farmacéuticas y por la Junta Directiva del Colegio, se procede a cancelar la cuota de incorporación respectiva.
7. Finalmente, el farmacéutico especialista debe ser debidamente juramentado como tal por la Junta Directiva del Colegio de Farmacéuticos.
Procedimiento para el Registro de una Especialidad Farmacéutica Profesional
Para solicitar la incorporación de una Especialidad Farmacéutica Profesional, es preciso entregar en el Colegio los siguientes requisitos:
1. Formulario de solicitud de inscripción de Especialidad Profesional, debidamente lleno y firmado
2. Documento que describa en forma detallada las actividades y/o tareas que ejecuta y desarrolla en el área de la especialidad
3. Original y copia de los certificados o diplomas de los cursos de capacitación y/o pasantías específicas realizadas en el área de la especialidad por un periodo igual o mayor a seis meses.
4. Presentar certificación del tiempo efectivo laborado en el área de la especialidad emitida por él o los empleadores, en la que se demuestre que se cuenta con al menos tres años de experiencia en el campo.
5. Todo otro documento que demuestre la participación en actividades propias de la especialidad.
6. Fotografía tamaño pasaporte
7. Una vez que los requisitos anteriormente mencionados han sido analizados y aprobados por la Comisión de Especialidades Farmacéuticas, así como avalados por la Junta Directiva se procede a cancelar la cuota de incorporación respectiva.
8. Finalmente el farmacéutico especialista debe ser debidamente juramentado como tal por la Junta Directiva del Colegio de Farmacéuticos.