Sistema de Recertificación Profesional Farmacéutica
La Misión de la Recertificación Profesional Farmacéutica de Costa Rica, es contribuir a garantizar a la sociedad costarricense la idoneidad del farmacéutico a lo largo de su vida profesional en los diferentes campos de su ejercicio.
Para lograr esta Misión el Sistema de Recertificación Profesional Farmacéutica se propone los siguientes objetivos:
Promover una cultura de excelencia en el ejercicio de la profesión de Farmacia
Establecer estándares mínimos para el ejercicio de la profesión de Farmacia
Promover el mejoramiento de la calidad de las actividades de educación continua de los profesionales en Farmacia.
Asegurar a la sociedad costarricense que el profesional farmacéutico cumple niveles óptimos de calidad en el ejercicio de su profesión.
El funcionamiento del Sistema de Recertificación se encuentra debidamente respaldado en el Reglamento de Recertificación Profesional Farmacéutica:
Si usted es un farmacéutico que desea participar en el Sistema de Recertificación Profesional Farmacéutica (SRPF), vaya al siguiente vínculo: Procedimientos del SRPF para Farmacéuticos
Para participar en el Sistema de Recertificación es requisito indispensable ser miembro activo del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica. El farmacéutico interesado en inscribirse deberá llenar el formulario respectivo y enviarlo a la oficina de Recertificación (recertificacion@colfar.com), fax: 2235-0276, o llevarlo personalmente a dicha oficina.
Además deberá cancelar una cuota de ¢23 500, cuya vigencia es de tres años. Tiempo que toma cada período de recertificación.
El pago de dicha cuota puede realizarse en la Caja del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica, o bien puede depositarse en alguna de las siguientes cuentas bancarias:
Banco Nacional de Costa Rica (B.N.C.R): 100-01-000-168774-8
Banco de Costa Rica (B.C.R): 001-0017055-0
Tanto el formulario de inscripción como el comprobante de pago se deben enviar al fax: 2235-0276, dirigido a la Oficina de Recertificación o al Departamento de Desarrollo Profesional. Se le sugiere confirmar telefónicamente si el fax fue recibido al tel: 2297-0676.
Reconocimiento de Actividades
Entre las
actividades educativas que
la
Comisión de Recertificación Profesional Farmacéutica reconoce
a los colegiados en el Sistema de Recertificación, caben mencionar:
Cursos,
talleres, jornadas, foros, seminarios, mesas redondas, congresos o
conferencias en las que se participe.
Pasantías
(mínimo cinco días hábiles, siete horas diarias)
Exposición en
actividades presenciales y tutoría en pasantías
Docencia
universitaria en Farmacia y ciencias de la salud
Publicaciones:
libros
artículos
en revistas
documentos
(folletos, antologías, entre otros)
Las actividades a reconocer se deben presentar anualmente a
la Comisión de
Recertificación Profesional Farmacéutica. Para ello, es necesario llenar y
enviar al Colegio el formulario correspondiente junto con los certificados
originales obtenidos.
Para obtener mayor información comuníquese con la Oficina de Recertificación Profesional Farmacéutica, teléfono: 2297-0676, correo: recertificacion@colfar.com
Inscripción de Entes Proveedores de Educación Continua
Los Entes
Proveedores de Educación Farmacéutica Continua, son personas físicas o
jurídicas (públicas o privadas) debidamente avaladas por
la Comisión de
Recertificación Profesional Farmacéutica.
Para inscribirse como Ente Proveedor, solamente es preciso llenar el Formulario
de Acreditación y remitirlo a
la
Comisión de Recertificación Profesional Farmacéutica, a la
dirección electrónica: recertificacion@colfar.com,
o bien al fax: 2235-0276.
Una vez que un Ente Proveedor de Educación Farmacéutica Continua es avalado
por
la Comisión
de Recertificación, se da por concluida su inscripción como Ente Proveedor de
Educación Farmacéutica Continua y se le asigna un número de acreditación
oficial. A partir de este momento el Ente está facultado para solicitar la
acreditación de actividades de interés farmacéutico en el Sistema de
Recertificación.
Para acreditar una actividad, el Ente Proveedor debe enviar a
la Comisión de
Recertificación el diseño curricular correspondiente, al menos un mes antes de
su inicio. Este procedimiento no tiene ningún costo.
Adicionalmente al diseño el Ente Proveedor debe presentar a
la Comisión la hoja de vida
del instructor o instructores de las actividades a acreditar, así como el
programa de éstas.
Los requisitos
anteriormente citados pueden presentarse personalmente en
la Oficina de Recertificación
del Colegio, o bien enviarse al correo: recertificacion@colfar.com, o al
fax: 2235-0276.
Para obtener mayor información sobre el tema comuníquese con
la Oficina de Recertificación,
teléfono: 2297-0676.
Una Especialidad Farmacéutica es aquella rama de la profesión cuyo objeto es una parte delimitada de ella, sobre la que el profesional farmacéutico posee conocimientos, habilidades y destrezas muy precisos.
Las especialidades farmacéuticas que se registran en el Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica pueden ser de dos tipos:
Se considera farmacéutico especialista al miembro activo del Colegio que reúna los requisitos establecidos en el Reglamento de Especialidades Farmacéuticos.
El listado de Especialidades Farmacéuticas vigente se encuentra en el citado Reglamento.
Para solicitar la incorporación de una Especialidad Farmacéutica Académica en el Registro de Farmacéuticos Especialistas, es preciso entregar en el Colegio los siguientes requisitos:
1. Formulario de solicitud de inscripción de Especialidad Académica, debidamente lleno y firmado
2. Original y fotocopia del título de posgrado obtenido
3. Certificación de las notas obtenidas en los cursos que se llevaron durante el posgrado
4. Cuando los estudios de posgrado se hayan realizado en el extranjero el título deberá presentarse debidamente autenticado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
5. Fotografía tamaño carta
6. Una vez que los requisitos anteriormente mencionados sean analizados y avalados por la Comisión de Especialidades Farmacéuticas y por la Junta Directiva del Colegio, se procede a cancelar la cuota de incorporación respectiva.
7. Finalmente, el farmacéutico especialista debe ser debidamente juramentado como tal por la Junta Directiva del Colegio de Farmacéuticos.
Para solicitar la incorporación de una Especialidad Farmacéutica Profesional, es preciso entregar en el Colegio los siguientes requisitos:
1. Formulario de solicitud de inscripción de Especialidad Profesional, debidamente lleno y firmado
2. Documento que describa en forma detallada las actividades y/o tareas que ejecuta y desarrolla en el área de la especialidad
3. Original y copia de los certificados o diplomas de los cursos de capacitación y/o pasantías específicas realizadas en el área de la especialidad por un periodo igual o mayor a seis meses.
4. Presentar certificación del tiempo efectivo laborado en el área de la especialidad emitida por él o los empleadores, en la que se demuestre que se cuenta con al menos tres años de experiencia en el campo.
5. Todo otro documento que demuestre la participación en actividades propias de la especialidad.
6. Fotografía tamaño pasaporte
7. Una vez que los requisitos anteriormente mencionados han sido analizados y aprobados por la Comisión de Especialidades Farmacéuticas, así como avalados por la Junta Directiva se procede a cancelar la cuota de incorporación respectiva.
8. Finalmente el farmacéutico especialista debe ser debidamente juramentado como tal por la Junta Directiva del Colegio de Farmacéuticos.