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Recertificación y Especialidades

 


 
 
 

 

Sistema de Recertificación Profesional Farmacéutica

 

 
 
La Misión de la Recertificación Profesional Farmacéutica de Costa Rica, es contribuir a garantizar a la sociedad costarricense la idoneidad del farmacéutico a lo largo de su vida profesional en los diferentes campos de su ejercicio.

Para lograr esta Misión el Sistema de Recertificación Profesional Farmacéutica se propone los siguientes objetivos:

  • Promover una cultura de excelencia en el ejercicio de la profesión de Farmacia
  • Establecer estándares mínimos para el ejercicio de la profesión de Farmacia
  • Promover el mejoramiento de la calidad de las actividades de educación continua de los profesionales en Farmacia.
  • Asegurar a la sociedad costarricense que el profesional farmacéutico cumple niveles óptimos de calidad en el ejercicio de su profesión.

El funcionamiento del Sistema de Recertificación se encuentra debidamente respaldado en el Reglamento de Recertificación Profesional Farmacéutica:
 
Archivo descargable:  Reglamento de Recertificación
 
Si usted es un farmacéutico que desea participar en el Sistema de Recertificación Profesional Farmacéutica (SRPF), vaya al siguiente vínculo: Procedimientos del SRPF para Farmacéuticos
 
Si usted es una persona física o jurídica que desea participar como ente proveedor de actividades de educación farmacéutica continua, diríjase al siguiente vínculo: Procedimientos del SRPF para Entes Proveedores de Educación Continua




 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 



 
 
 



Inscripción de Farmacéuticos


 
Para participar en el Sistema de Recertificación es requisito indispensable ser miembro activo del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica. El farmacéutico interesado en inscribirse deberá llenar el formulario respectivo y enviarlo a la oficina de Recertificación (recertificacion@colfar.com), fax: 2235-0276, o llevarlo personalmente a dicha oficina.

Archivo descargable: Formulario de Inscripción

Además deberá cancelar una cuota de ¢23 500, cuya vigencia es de tres años. Tiempo que toma cada período de recertificación.


El pago de dicha cuota puede realizarse en la Caja del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica, o bien puede depositarse en alguna de las siguientes cuentas bancarias:

  • Banco Nacional de Costa Rica (B.N.C.R): 100-01-000-168774-8
  • Banco de Costa Rica (B.C.R): 001-0017055-0
 
Tanto el formulario de inscripción como el comprobante de pago se deben enviar al fax: 2235-0276, dirigido a la Oficina de Recertificación o al Departamento de Desarrollo Profesional. Se le sugiere confirmar telefónicamente si el fax fue recibido al tel: 2297-0676.


Reconocimiento de Actividades

 
Entre las actividades educativas que la Comisión de Recertificación Profesional Farmacéutica reconoce a los colegiados en el Sistema de Recertificación, caben mencionar:
  • Cursos, talleres, jornadas, foros, seminarios, mesas redondas, congresos o conferencias en las que se participe.
  • Pasantías (mínimo cinco días hábiles, siete horas diarias)
  • Exposición en actividades presenciales y tutoría en pasantías
  • Docencia universitaria en Farmacia y ciencias de la salud
  • Publicaciones:
    • libros
    • artículos en revistas
    • documentos (folletos, antologías, entre otros)

Las actividades a reconocer se deben presentar anualmente a la Comisión de Recertificación Profesional Farmacéutica. Para ello, es necesario llenar y enviar al Colegio el formulario correspondiente junto con los certificados originales obtenidos.
 
 
 
Para obtener mayor información comuníquese con la Oficina de Recertificación Profesional Farmacéutica, teléfono: 2297-0676, correo: recertificacion@colfar.com
 
 





Inscripción de Entes Proveedores de Educación Continua

 

Los Entes Proveedores de Educación Farmacéutica Continua, son personas físicas o jurídicas (públicas o privadas) debidamente avaladas por la Comisión de Recertificación Profesional Farmacéutica.

Para inscribirse como Ente Proveedor, solamente es preciso llenar el Formulario de Acreditación y remitirlo a la Comisión de Recertificación Profesional Farmacéutica, a la dirección electrónica: recertificacion@colfar.com, o bien al fax: 2235-0276.

 
 
 

Acreditación de Actividades Educativas

 

Una vez que un Ente Proveedor de Educación Farmacéutica Continua es avalado por la Comisión de Recertificación, se da por concluida su inscripción como Ente Proveedor de Educación Farmacéutica Continua y se le asigna un número de acreditación oficial. A partir de este momento el Ente está facultado para solicitar la acreditación de actividades de interés farmacéutico en el Sistema de Recertificación.

Para acreditar una actividad, el Ente Proveedor debe enviar a la Comisión de Recertificación el diseño curricular correspondiente, al menos un mes antes de su inicio. Este procedimiento no tiene ningún costo.

Archivos descargables:

 
Adicionalmente al diseño el Ente Proveedor debe presentar a la Comisión la hoja de vida del instructor o instructores de las actividades a acreditar, así como el programa de éstas.

Los requisitos anteriormente citados pueden presentarse personalmente en la Oficina de Recertificación del Colegio, o bien enviarse al correo: recertificacion@colfar.com, o al fax: 2235-0276.

Para obtener mayor información sobre el tema comuníquese con la Oficina de Recertificación, teléfono: 2297-0676.

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

Especialidades Farmacéuticas

 
 

Una Especialidad Farmacéutica es aquella rama de la profesión cuyo objeto es una parte delimitada de ella, sobre la que el profesional farmacéutico posee conocimientos, habilidades y destrezas muy precisos.

Las especialidades farmacéuticas que se registran en el Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica pueden ser de dos tipos:


- Especialidad Farmacéutica Académica

- Especialidad Farmacéutica Profesional

Se considera farmacéutico especialista al miembro activo del Colegio que reúna los requisitos establecidos en el Reglamento de Especialidades Farmacéuticos.


El listado de Especialidades Farmacéuticas vigente se encuentra en el citado Reglamento.


Procedimiento de Registro:


 
 

 
 
 
 
 
 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Procedimiento para el Registro de una Especialidad Farmacéutica Académica

 
 
 
Archivos descargables:
 

Para solicitar la incorporación de una Especialidad Farmacéutica Académica en el Registro de Farmacéuticos Especialistas, es preciso entregar en el Colegio los siguientes requisitos:

1.    Formulario de solicitud de inscripción de Especialidad Académica, debidamente lleno y firmado

2.    Original y fotocopia del título de posgrado obtenido
3.    Certificación de las notas obtenidas en los cursos que se llevaron durante el posgrado
4.    Cuando los estudios de posgrado se hayan realizado en el extranjero el título deberá presentarse debidamente autenticado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
5.    Fotografía tamaño carta
6.    Una vez que los requisitos anteriormente mencionados sean analizados y avalados por la Comisión de Especialidades Farmacéuticas y por la Junta Directiva del Colegio, se procede a cancelar la cuota de incorporación respectiva.
7.    Finalmente, el farmacéutico especialista debe ser debidamente juramentado como tal por la Junta Directiva del Colegio de Farmacéuticos.


















 

Procedimiento para el Registro de una Especialidad Farmacéutica Profesional




Archivos descargables:
 
 
 
Para solicitar la incorporación de una Especialidad Farmacéutica Profesional, es preciso entregar en el Colegio los siguientes requisitos:

1.    Formulario de solicitud de inscripción de Especialidad Profesional, debidamente lleno y firmado
2.    Documento que describa en forma detallada las actividades y/o tareas que ejecuta y desarrolla en el área de la especialidad
3.    Original y copia de los certificados o diplomas de los cursos de capacitación y/o pasantías específicas realizadas en el área de la especialidad por un periodo igual o mayor a seis meses.
4.    Presentar certificación del tiempo efectivo laborado en el área de la especialidad emitida por él o los empleadores, en la que se demuestre que se cuenta con al menos tres años de experiencia en el campo.
5.    Todo otro documento que demuestre la participación en actividades propias de la especialidad.
6.    Fotografía tamaño pasaporte
7.    Una vez que los requisitos anteriormente mencionados han sido analizados y aprobados por la Comisión de Especialidades Farmacéuticas, así como avalados por la Junta Directiva se procede a cancelar la cuota de incorporación respectiva.
8.    Finalmente el farmacéutico especialista debe ser debidamente juramentado como tal por la Junta Directiva del Colegio de Farmacéuticos.
 
 
 
 

Si lo desea también puede comunicarse con nosotros mediante:

Teléfono: 2297-0676 / Fax: 2235-0276
Correo Electrónico: info@colfar.com





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Colegio de Farmacéuticos - Noticias

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El Colegio convoca a todos sus agremiados a participar en la Asamblea General Extraordinaria a realizarse el lunes 30 de enero a las 18:00 horas en primera convocatoria y a las 19:00 horas en segunda convocatoria
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Se informa a todos los interesados que apartir de enero del 2012 el monto de inscripción de regencias farmacéuticas será de ¢35 000 y el de recertificación profesional será de ¢23 500.
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En el marco de la celebración del Día Panamericano de la Farmacia se presentará oficialmente este 1° de Diciembre la Revista Pharmaceutal Care - La Farmacoterapia-, hora 6pm. Auditorio COLFAR  
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